Un poco de información sobre las elecciones (generalidades)
DE LOS PROCESOS ELECTORALES
Art. 17° Mediante el proceso electoral se eligen a las autoridades, representantes
ante los órganos de gobierno, jefes de Departamento Académico,
comprendidos en el presente reglamento. Su mandato tiene la siguiente
vigencia:
A) Autoridades:
1. Rector 5 años
2. Vicerrectores 5 años
3. Decanos 3 años
B) Departamento Académico
1. Jefe 3 años
C) Representantes de docentes:
1. Ante la Asamblea Universitaria 3 años
2. Ante el Consejo de Facultad 3 años
D) Representantes de estudiantes:
1. Ante la Asamblea Universitaria 1 año
2. Ante el Consejo Universitario 1 año
3. Ante el Consejo de Facultad 1 año
E) Representantes de graduados:
1. Ante la Asamblea Universitaria 1 año
2. Ante el Consejo Universitario 1año
3. Ante el Consejo de Facultad 1 año
Art. 18° El sistema electoral que se aplica en las elecciones de la UNFV es el de lista
incompleta, resultando representantes de lista por mayoría y de lista por
minoría.
Art. 19° Para evitar el deterioro innecesario de las instalaciones de la UNFV durante
el proceso electoral y normar el uso de publicidad, el CEU — UNFV lo
reglamenta en la siguiente manera:
a) Está prohibido pintar las paredes y muros de la universidad con
propaganda electoral, quienes incumplan serán denunciados por el CEU
— UNFV ante las autoridades competentes.
b) Está permitida la propaganda radial, televisiva, páginas web, correo
electrónico, volantes, afiches, banderolas, pancartas y demás
publicaciones, en los que se expondrán programas y acciones de los
candidatos o de las listas que conforman.
c) No está permitido el uso de propaganda ofensiva a la dignidad de las
personas. De probarse, los candidatos a las listas que propicien este
tipo de propaganda serán sancionados con la anulación de su
inscripción.
d) La propaganda debe contener básicamente:
El o los nombres de los candidatos.
El número asignado por el Comité Electoral
Los planteamientos de su plan de acción.
Hoja de vida de los candidatos.
e) Dentro del local de votación no está permitido realizar propaganda de
ningún tipo 48 horas antes de iniciarse el proceso electoral. El
candidato o las listas que así lo hicieran serán invalidados en su
participación en las elecciones.
Fuente: reglamente del comité electoral
http://www.unfv.edu.pe/site/img/rglamentodecomiteelectoral.pdf
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Hace 8 meses
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